Luján Túpez define la contumacia como: El estado procesal que es declarada judicialmente frente a la conducta renuente de un imputado que, pese a los requerimientos judiciales, no se presenta voluntariamente a las actuaciones procesales para las que es citado, fugue del establecimiento o lugar donde se encuentre detenido o preso […]1. 1. Luján Túpez, Manuel, Diccionario penal y procesal penal,…
¿Cuáles son los presupuestos materiales para dictar contumacia en la etapa de enjuiciamiento?

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