En nuestro paÍs la tutela procesal efectiva está establecida en el art. 139.3 1 de la Constitución y en el art. 4 2 del Código Procesal Constitucional. Mientras que en la legislación internacional dicha tutela está regulada en el art. 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolÍticos y en el art. 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La tutela procesal consiste,…
¿Cuál es el contenido que le brinda el Tribunal Constitucional al derecho a probar?

Desbloquea el contenido
Para leer el artículo completo necesitas iniciar sesión.
¿No tienes suscripción? Suscríbete ahora