Sumario
1. Introducción.— 2. Normas legales que limitan el derecho fundamental a la reserva tributaria.— 3. El principio de proporcionalidad.— 4. El límite de la proporcionalidad.— 5. La oportunidad procesal del levantamiento de la reserva tributaria.— 6. Referencias bibliográficas.
Resumen
El autor examina el levantamiento de la reserva tributaria, regulada en el CPP, desde una mirada constitucional y procesal. Asimismo, señala que los presupuestos para restringir este derecho son la proporcionalidad en la medida restrictiva y la existencia de suficientes elementos de convicción. De igual manera, analiza el principio de reserva de ley y el de mandato de tipicidad en los Códigos Tributario y Procesal Penal y en el D. S. N.° 020-2017-JUS para la aplicación del levantamiento de la reserva tributaria. Finalmente, señala la etapa del proceso en el cual se podrá solicitar al juez el levantamiento de dicho derecho.
Palabras clave: Levantamiento de la reserva tributaria / Proporcionalidad / Unidad de Inteligencia Financiera / Reserva de ley / Mandato de tipicidad.
ABSTRACT
The author examines the lifting of the tax reserve, regulated in the CPP, from a constitutional and procedural view. Likewise, it indicates that the budgets to restrict this right are the proportionality in the restrictive measure and the existence of sufficient elements of conviction. In the same way, it analyzes the principle of reservation of law and of the mandate of typicity in the Tax and Criminal Procedure Codes and in the Supreme Decret N.° 020-2017-JUS for the application of the lifting of the tax reserve. Finally, it indicates the stage of the process in which the judge may request the lifting of said right.
Keywords: Collection of the tax reserve / Proportionality / Financial Intelligence Unit / Reservation of law / Mandate of typicity.
Title: The lifting of the tax reserve in the Criminal Procedure Code of 2004
1. Introducción
De fuerte raigambre constitucional en nuestro paÍs es el derecho fundamental a la intimidad personal, sin embargo, este derecho puede ser, como todos los derechos fundamentales, limitado en sus alcances. Asimismo, este derecho se consagra, en el numeral 5 del art. 2 de nuestra Constitución, como una excepción al derecho de requerir y recibir información de entidades públicas.Es asÍ que la…

