El derecho a la pluralidad de instancias también denominado derecho a los medios impugnatorios está reconocido expresamente en el art. 139.6 de la Const. Pol. y hace referencia al “derecho de toda persona a un recurso eficaz contra la sentencia que le imponga una condena penal”1. Asimismo, el máximo intérprete de la Constitución ha advertido que el mencionado derecho es uno de configuración…