Sumario

1. Introducción.— 2. Violencia feminicida.— 3. Necesidad de atenuar el dolor.— 4. Feminicidio precedido y no precedido.— 5. La difícil prueba de los estados mentales en el delito de feminicidio.— 6. Feminicidio e impunidad.— 7. Responsabilidad del Estado e impunidad.— 8. Conclusiones.— 9. Referencias bibliográficas.

Resumen

El autor señala que el incremento de las penas, la flexibilización de las reglas procesales y la supresión de los beneficios penitenciarios no ha tenido un efecto positivo en la atenuación del feminicidio (art. 108-B del CP) en nuestro país. Indica, además, que ello se debe a dos causales: la existencia de la violencia feminicida y el machismo, y la indiferencia de las autoridades encargadas de brindar seguridad y asistencia a una mujer víctima de agresión que puede terminar en feminicidio. Así, el autor explica la relación de esas causales y las implicancias que ello genera en nuestra sociedad.           

Palabras clave: Violencia de género / Violencia feminicida / Feminicidio / Impunidad / Suicidio / Estado.          

Abstract           

The author points out that the increase in penalties, the easing of procedural rules and the suppression of prison benefits has not had a positive effect on the attenuation of feminicide (article 108-B of the Criminal Code) in our country. It also indicates that this is due to two causes: the existence of feminicidal violence and machismo, and the indifference of the authorities in charge of providing security and assistance to a woman victim of aggression that may end in femicide. Thus, the author explains the relationship of these causes and the implications that this generates in our society.           

Keywords: Gender violence / Femicide violence / Feminicide / Impunity / Suicide / State.           

Title: Violence and feminicide: the tireless fight against machismo and indifference of the authorities

1. Introducción

A pesar de haberse implementado varias modificaciones legislativas, la violencia seguida de feminicidio en el Perú no disminuye. Recordemos que en un primer momento estos actos solo estaban tipificados como parricidio, y es recién en el 2013 cuando a través del art. 2 de la Ley N.° 30068 se incorporó por primera vez el delito de feminicidio en la legislación penal peruana (art. 108-B del CP). Más…