Sumario

1. Introducción.— 2. Antecedentes. Planteamiento didáctico del caso.— 3. La cesación de la prisión preventiva a la luz del contenido previsto en el D. Leg. N.° 1513.— 4. Pronunciamientos del Tribunal Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.— 5. La necesidad del control difuso de legalidad por el juzgador.— 6. Apreciaciones finales.— 7. Referencias bibliográficas.

Resumen

En el presente artículo, el autor desarrolla las cesaciones de prisión preventiva previstas en el art. 2 y 3 del D. Leg. N.° 1513, la cesación automática y la revisión de oficio. Asimismo, critica que se haya optado por describir los delitos que son considerados graves y no aquellos que son “de mínima lesividad”, pues considera que ello permitió que delitos con penas elevadas sean considerados como delitos leves. Finalmente, señala que el juez no debe ser una mera “boca de la ley”, por tanto, es necesario que, en la aplicación de la medida de cesación automática, el juez de emergencia penitenciaria realice un control difuso de legalidad, con la finalidad de que no se vulneren los derechos fundamentales de las víctimas y de la población en general.

Palabras Clave: D. Leg. N.° 1513 / Cesación automática de prisión preventiva / Revisión de oficio / Juez de emergencia penitenciaria / Control constitucional.

ABSTRACT

In this paper, author develops cessations of pretrial detentions previewed on 2 and 3 arts. of the D. Leg. N.° 15134, the automatic cessation, and ex officio review. Furthermore, criticize the fact that it opted to describe the crimes that are considered serious with high penalties, and not to consider those of “minimum harmfulness”, because he considers that election as the reason that crimes with high penalties are considered as slight crimes. Finally, points that the judge shouldn’t be a mere mouth of law, thus, is needed that, in the application of the measure of automatic cessation, the emergency penitentiary judge achieves a fuzzy control of legality, with the purpose of protect the fundamental rights of the victims and the community.

Keywords: D. Leg N.° 1513 / Automatic cessation of pretrial detention / Ex officio review / Emergency penitentiary judge / Constitutional control.

Title:The D. Leg. N.° 1513: Release, reduction of prision-overcrowding or hurrying. A natural or artificial light

1. Introducción

La actual pandemia de COVID-19 —sin duda— ha generado gran perjuicio y temor en la sociedad peruana e incluso ha conllevado a que varios gobiernos, a nivel mundial, declaren constitucionalmente el estado de emergencia y tomen medidas como el aislamiento social obligatorio (confinamiento).En este contexto y de forma sorprende, el Poder Ejecutivo “recién” ha descubierto que los penales (cárceles)…