El delito de lavado de activos, por definición, requiere de un delito previo del que provienen los activos que se van a lavar. El ciclo del lavado de activos comprende los siguientes actos: - Conversión y transferencia (art. 1 del D. Leg. N.° 1106). - Ocultamiento y tenencia (art. 2 del D. Leg. N.° 1106). - Transporte, traslado, ingreso o salida del territorio nacional (art. 3 del D. Leg. N.°…