Sumario
1. Introducción.— 2. Nociones generales.— 3. A propósito de la prisión preventiva (arts. 268 al 277 del nuevo CPP).— 4. Sobre la competencia del juez y el caso concreto.— 5. Caso Orellana.— 6. Conclusiones.— 7. Referencias bibliográficas.
Resumen
El autor fundamenta la aplicación de la ejecución provisional de las sentencias de primera instancia sin la posibilidad de suspenderla, en los casos de delitos cometidos por funcionarios públicos, ya sea por corrupción de funcionarios u organizaciones criminales. La controversia radica en que la aplicación de la prisión efectiva podría vulnerar algunos principios constitucionales cuando se interpone un recurso impugnatorio. Asimismo, considera que la eficacia de la decisión de primera instancia debe ser acorde a los principios del derecho, el afianzamiento de la seguridad jurídica y la garantía de un verdadero respeto por la función jurisdiccional que es otorgada por el Estado para la correcta administración de justicia.
Palabras clave: Proceso penal / Ejecución provisional / Prisión preventiva / Recurso impugnatorio / Función jurisdiccional / Corrupción de funcionarios.
Recibido: 23-7-20
Aceptado: 3-8-20
Publicado en línea: 1-3-21
1. Introducción
La declaración del estado de emergencia por parte del Ejecutivo, mediante D. S. N.° 044-2020-PCM, de 15 de marzo del 2020, no solo trajo consigo una nueva forma de cotidianeidad, sino que también comenzó a desnudar todas las deficiencias y debilidades del Estado. Muchas de las cuales eran un secreto a voces, a pesar de que se esforzaban por seguir escondiéndolas.Otra de las consecuencias del…
