Semblanza, vida y obra del Dr. Felipe Villavicencio Terreros (1955-2020). In memoriam
[pp. 223-230]
Juan Elías Carrión Díaz
Univ.
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Referencias Bibliográficas
- 1.Vid. Peña Cabrera, Raúl. Derecho penal peruano. Parte general, Lima, 1977. Volver
- 2.La primera edición estuvo a cargo de Ediciones Populares Los Andes. La segunda edición se publicó bajo el sello editorial Sesator. Volver
- 3.Fue publicado en el segundo número de la revista Debate Penal (Lima, 1987). Luego le seguirían: “Tipo imperfectamente realizado”, en Revista de Derecho Vox-Juris, n.° 1 (Lima, 1989); “Libertad provisional y jurisprudencia”, en Debate Penal, n.os 7, 8 y 9 (Lima, 1989); “La imputación objetiva en la jurisprudencia peruana”, en Derecho PUCP, n.° 60 (Lima, 2007); “Insistiendo sobre la inconstitucionalidad de la reincidencia”, en Jus-Constitucional, n.° 2 (Lima, 2008); entre otros. Volver
- 4.Su labor como docente es sumamente amplia. Fue el profesor más joven de Derecho Penal con tan solo 25 años. En abril de 1981 ingresa como profesor de Derecho Penal (Parte Especial I) a la Universidad de San Martín de Porres. Época donde existían profesores de renombre como Raúl Peña Cabrera, Luis Bramont Arias, Juan Portocarrero Hidalgo, entre otros. Luego, entre 1985 y 1990, comienza a enseñar en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, la Pontificia Universidad Católica del Perú, la Universidad de Lima, la Academia de la Magistratura y, en sus últimos años, la Universidad Ricardo Palma. Volver
- 5.Vid. Cerezo Mir, “La influencia de Welzel y del finalismo, en general, en la Ciencia del Derecho penal española y en la de los países iberoamericanos”, en Ambos Kai y Henning Radtke, Estudios filosófico-jurídicos y penales del Prof. Dr. Fritz Loos. Homenaje a sus 70 años, Santiago: Editorial Jurídica de Chile, 2009, pp. 70, 75 y 77. Volver
- 6.Welzel, Hans, Derecho natural y justicia material. Preliminares para una filosofía del derecho, traducción de Felipe González Vicén, Madrid: Aguilar, 1957; Idem, El nuevo sistema del derecho penal, traducción de José Cerezo Mir, Barcelona: Ariel, 1964. Volver
- 7.Welzel, Hans, La teoría de la acción finalista, traducción de Carlos Fontán Balestra y Eduardo Friker, Buenos Aires: Depalma, 1951; Idem, “¿Un malentendido sin solución? (acerca de la interpretación de la teoría finalista)”, en Revista de Derecho Penal y Criminología, n.° 4, Buenos Aires:1968; Idem, “Causalidad y acción”, en Cuadernos del Instituto de Derecho Penal, n.° xxiv, traducción de Conrado Finzi, Córdova: 1975. Volver
- 8.El libro se titula Derecho penal alemán. Parte general (1976). Asimismo, también se contaba con Derecho penal alemán. Parte general, traducción de Conrado Finzi, Buenos Aires: Depalma, 1976. Volver
- 9.Bramont Arias, Luis, Temas de derecho penal, Lima: SP Editores, 1988; Peña Cabrera, Raúl, Tratado de derecho penal. Parte general, vol. I, 3.a ed., Lima, 1983; Hurtado Pozo, José, Manual de derecho penal. Parte general, 2.ª ed., Lima: Eddili, 1987. Volver
- 10.Vid. Villavicencio Terreros, Felipe A., “Concurso de delitos y concurso aparente de leyes”, en Libro homenaje al profesor Luis Bramont Arias, Lima: Editorial San Marcos, 2003. Volver
- 11.Véase, al respecto, Villavicencio Terreros, Felipe y Juan Carrión Díaz, “La Ley N.° 30151 no es una ‘carta blanca’ para el uso de la fuerza por parte de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley”, en Gaceta Penal & Procesal Penal, t. 56, Lima: 2014, p. 105 y ss. Este artículo inspiró a la Corte Suprema para emitir el Acuerdo Plenario N.° 5-2019 sobre la actuación policial y exención de responsabilidad penal. Volver
- 12.La influencia de Habermas también se encuentra presente en otros penalistas latinoamericanos. Véase Tavares, Juarez, Teoria docrime culposo, 3.ª ed., Río de Janeiro: Lumen Juris Editora, 2009; Tavares, Juarez, Fundamentos de teoria do delito, 2.ª ed., Sao Paulo: Tirant Lo Blanch, 2020; Carrión Díaz, Juan, “La acción comunicativa como parámetro orientador de un concepto de autor en el derecho penal peruano”, en 20 años de vigencia del Código penal peruano, Lima: Grijley, 2012. Volver
- 13.En el proceso de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), él tuvo que realizar el proceso de exhumación de 68 cuerpos en la comunidad Lucanamarca, causado por el grupo terrorista Sendero Luminoso. Volver
- 14.Esta visión humanista fue volcada hacia el análisis de los delitos, en su libro de Derecho penal. Parte especial (Grijley, 2017). Donde contó con el gran aporte de Hernán Barrenechea Abarca. La exposición sistemática parte de los delitos contra la humanidad, al considerarlos como aquellos delitos de mayor gravedad en el derecho penal. Volver
- 15.Albán Peralta, Walter; Ronald Gamarra Herrera; Carlos Rivera Paz y Felipe Villavicencio Terreros, “La pena de muerte”, en Pena de muerte y política criminal. Anuario de derecho penal, Lima: Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú, p. 221 y ss. Este informe jurídico fue elaborado para el Colegio de Abogados de Lima Volver
- 16.Vid. Tavares, Juarez, Fundamentos de teoria do delito, ob. cit. Volver
- 17.Villavicencio Terreros, Felipe, Derecho penal. Parte general, ob. cit., p. 268. Volver
- 18.Uno de sus últimos escritos fue: Derecho penal básico, Lima: Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017. Volver
- 19.Vid. Villavicencio Terreros, Felipe, “Autoría mediata por dominio de organización: el caso Fujimori”, en Instituto de Investigaciones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Buenos Aires, 2010, p. 33 y ss. Volver
- 20.Vid. Villavicencio Terreros, Felipe, “Insistiendo sobre la inconstitucionalidad de la Reincidencia”, en Jus-Constitucional 2, 2008, Lima: febrero, p. 70 y ss. Volver
- 21.Su primer artículo criminológico fue: “Tribunal y abolicionismo contemporáneo”, en El Tribunal de garantías constitucionales en debate, Consejo Latinoamericano de Derechoy Desarrollo – Comisión Andina de Juristas, Lima: 1986. Posteriormente, escribió artículos como “Mecanismos naturales de regulación social en comunidades andinas y amazónicas peruanas”, publicado en Criminalia, n.° 1-12, México, 1989; “Mecanismos alternativos o paralelos de solución de conflictos en el Perú”, publicado en Jueces para la Democracia, n.° 20, Madrid, 1993; “Error de prohibición culturalmente condicionado”, publicado en Código Penal comentado, t. i, Lima: Gaceta Penal, 2004; entre otros. Volver
- 22.Este libro fue titulado Diversidad cultural y derecho penal, Lima: Ideas, 2017. Tiene como base su tesis doctoral Diversidad cultural y responsabilidad penal, defendida con excelencia el 15 de noviembre del 2004 en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA). El Tribunal estuvo conformado por Edgardo Donna, Julio Maier y Edmundo Hendler, bajo la asesoría de Raúl Zaffaroni. Volver
- 23.Tiene un artículo relacionado llamado “Ley penal y hecho punible en el Código penal peruano de 1991”, en Derecho PUCP, n.° 46, Lima: diciembre, 1992, p. 33. Volver