El delito de rebelión (art. 346) y el delito de sedición (art. 347) se encuentran regulados en el título xvi de nuestro Código Penal. Este título desarrolla aquellos delitos que atentan contra los “poderes del Estado” y el “orden constitucional”. En otras palabras, ambos delitos protegen el mismo bien jurídico. La denominación “poderes del Estado” alude a los poderes que conforman el Estado…
¿Cuál es la diferencia entre el delito de rebelión y el delito de sedición?

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