Sumario

1. Preliminar.— 2. La normativización del dolo.— 3. El dolo en el delito de lavado de activos.— 4. ¿Es posible dolo eventual o imprudencia?— 5. Elemento subjetivo especial.— 6. La ignorancia deliberada en el delito de lavado de activos.— 7. Conclusiones.— 8. Referencias.

Resumen

La imputación subjetiva en el delito de lavado de activos implica entender que el agente debe conocer la peligrosidad de su actuación en el desempeño de su deber, y para ello es necesario conceptualizar al dolo como conocimiento normativo, descartando lo cognitivo (de plano ontológico). En el delito de lavado de activos el agente realiza la conducta típica “conociendo” o “debiendo presumir” el elemento normativo del tipo penal origen ilícito de los activos. Así, desde una concepción normativa del dolo, en el presente artículo se busca refutar la afirmación de que en la modalidad de “conociendo” estemos ante un supuesto de dolo directo y en la de “debiendo presumir” ante dolo eventual, como usualmente sostiene la doctrina y la jurisprudencia. También se desarrollará el elemento subjetivo especial, donde las conductas típicas evidencian la finalidad de ocultar el origen ilícito de los activos, y la teoría de la ignorancia deliberada.

Palabras Clave: Dolo normativo / Imprudencia / Elemento subjetivo especial del lavado de activos / Ignorancia deliberada / Origen ilícito / Lavado de activos.

Fundamento legal: art. 12 del CP; arts. 1, 2 y 3 del D. Leg. N.° 1106.

Recibido: 6-9-20
Aceptado: 12-11-21
Publicado en línea: 3-2-22

ABSTRACT

The subjective imputation in the crime of money laundering implies understanding that the agent must know the danger of his acts in the performance of his duty, and for this it is necessary to conceptualize fraud as normative knowledge, discarding the cognitive (ontological level). In the crime of money laundering, the agent performs the typical conduct of "knowing" or "must assume" the normative element of the criminal type of illicit origin of the goods. Thus, from a normative conception of fraud, this article seeks to refute the assertion that in the modality of "knowing" we are facing a case of direct fraud and in that of "having to presume" in the face of possible fraud, as the doctrine usually maintains. and jurisprudence. The special subjective element will also be developed, where the typical behaviors show the purpose of hiding the illicit origin of the goods and the theory of deliberate ignorance.

Keywords: Normative intent / Imprudence / Special subjective element of money laundering / Deliberate ignorance / Illicit origin / Money laundering.

Title: The normative intent in the crime of money laundering

1. Preliminar

El art. 12 del CP regula la institución jurídico-penal del dolo1 y la imprudencia; sin embargo, no da una definición acabada al dolo o la imprudencia, solamente expresa: “Las penas establecidas por la ley se aplican siempre al agente de infracción dolosa. El agente de infracción culposa es punible en los casos expresamente establecidos por la ley”. Además, el art. 12 deja claro que la infracción…