Las declaraciones de las víctimas de violencia sexual se realizan en una entrevista única en cámara Gesell, con carácter obligatorio. Esto conforme a la Guía de Procedimiento de Entrevista Única a Víctimas en el Marco de la Ley N.° 30364, el Protocolo de Entrevista Única para Niños, Niñas y Adolescentes en Cámara Gesell, y el art. 19 de la Ley N.° 30364, que señala: Artículo 19. Declaración de la…
¿Cuándo se puede practicar una segunda entrevista “única” en cámara Gesell?

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