Nuestro sistema jurídico permite que toda resolución judicial susceptible de producir agravio a cualquiera de los sujetos procesales sea impugnada, esto con el fin de que el tribunal de alzada pueda corregir el error de hecho o de derecho en que ha incurrido el juez de primera instancia (Peña Cabrera, 2016, p. 833). Dentro de los medios impugnativos de los que se dispone, el recurso de apelación…
¿Cuándo una prueba testimonial que ya fue rendida en primera instancia puede ser admitida en la apelación?

Desbloquea el contenido
Para leer el artículo completo necesitas iniciar sesión.
¿No tienes suscripción? Suscríbete ahora