Sumario

1. Marco conceptual de la flagrancia delictiva. 2. Elementos constitutivos de la flagrancia desde la perspectiva jurisprudencial. 3. La intervención ciudadana: el arresto en flagrancia. 4. La intervención policial y fiscal: registro de personas en flagrancia (art. 210 del CPP). 5. Problemáticas actuales y propuestas de solución en la aplicación práctica de la flagrancia delictiva. 6.…

Resumen

El presente artículo analiza la institución procesal de la flagrancia delictiva en el sistema penal peruano desde una perspectiva doctrinal y jurisprudencial, examinando su fundamento constitucional, elementos estructurales y manifestaciones prácticas en las intervenciones estatales y ciudadanas. Mediante el estudio de doctrina procesal contemporánea y jurisprudencia suprema relevante, se desarrolla la clasificación tripartita de la flagrancia en sus modalidades estricta, subsecuente y presunta, evidenciando la gradación decreciente de evidencia inmediata que caracteriza cada categoría. El análisis aborda el marco conceptual normativo, los tres elementos constitutivos —inmediatez personal, inmediatez temporal y necesidad urgente— cuya convergencia simultánea legitima constitucionalmente la restricción de libertad sin autorización judicial previa, el arresto ciudadano como expresión del deber cívico de colaboración con la justicia, y el registro personal en contexto de flagrancia, conforme al art. 210 del CPP. La investigación examina pronunciamientos jurisprudenciales paradigmáticos, específicamente la Cas. N.° 2764-2021 Piura
(25 de octubre del 2023) sobre tráfico ilícito de drogas, el R. N. N.° 1518-2022 Callao (23 de marzo del 2023) relativo a arresto ciudadano en tentativa de robo agravado, y la Cas. N.° 3520-2023 Áncash (29 de mayo del 2025) sobre registro personal en operativo de cohecho, extrayendo de ellos estándares concretos de aplicación práctica. El estudio concluye que la flagrancia delictiva requiere interpretación restrictiva que equilibre la eficacia en la persecución penal con la protección de derechos fundamentales, evitando su desnaturalización como mecanismo ordinario que prescinda sistemáticamente de controles jurisdiccionales, destacando la función garantista de sus elementos constitutivos y la necesidad de verificación empírica rigurosa de sus presupuestos fácticos.

Palabras clave: flagrancia delictiva, inmediatez personal, inmediatez temporal, arresto ciudadano, necesidad urgente, supervisión fiscal, debido proceso penal

Fundamento legal: arts. 210, 259.2, 260 y 330.2 del CPP